Hasta 9 años podrían pasar en prisión servidores públicos por el uso de unidades oficiales para evento de Morena

Ixtapan de la Sal, México.
Por La Redacción
La Ley de Delitos Electorales vigente señala que el uso de unidades ofíciales para hacer proselitismo se castiga con penas de cárcel de entre 2 y 9 años, además de una multa que va de 200 a 400 días de multa.
Ayer se informó que, durante un evento de la candidata de Morena, Delfina Gómez, se violó la ley electoral al usar vehículos oficiales para un evento que realizó en Ixtapan de la Sal.

Para el mitin que la enviada de AMLO realizó en Ixtapan, se utilizó una unidad con la cromática Oficial del Ayuntamiento, que es gobernado por el también morenista Edgar Ocampo.
La conducta cometida por la candidata de Morena es considerada como delito de peculado, y de acuerdo con la legislación los responsables serían los servidores públicos que tienen como responsabilidad el uso de esos recursos públicos.
La fracción III de dicho artículo de la Ley señala que se castigará con las penas señaladas a quien “Destine, utilice o permita la utilización de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al prejuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que pueden corresponder por el delito de peculado”, señala la Ley vigente.
De esta manera, tras ser interpuesta la denuncia, el tribunal electoral deberá analizar y determinar at las sanciones aplicables al o los responsables, que en este caso vincula directamente al alcalde Edgar Ocampos y sus subalternos, además de a la propia abanderada enviada por AMLO.











